Extienden los plazos de habilitación y renovación de los distintos establecimientos sanitarios en Mendoza

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La propuesta impulsada por la diputada Calle, tiene como finalidad que las habilitaciones sean cada cinco años, y que la renovación sea solicitada con una anticipación de seis meses previos al vencimiento de la misma. Dicho proyecto deberá ser promulgado por el Ejecutivo.

Durante la sesión realizada hoy por la Cámara de Senadores, fue aprobado un proyecto de ley impulsado por la diputada Paola Calle, que promueve modificar el artículo 4to de la Ley 5532, de habilitación de establecimientos sanitarios en la provincia.

Durante su tratamiento en el recinto, el senador Marcelo Rubio quien preside la comisión de Legislación y Asuntos Constitucionales explicó los alcances de esta iniciativa. Además puso en valor que se traten estos proyectos. «Es importante que la Cámara avance en este tipo de modificaciones. Esto salva muchas situaciones que los efectores veían complicas y en donde se veían perjudicados. Voy a solicitar el acompañamiento al presente proyecto», remarcó.

Luego, fue sometido a votación y resultó aprobado por unanimidad. El proyecto pasó al Ejecutivo para su posterior promulgación.

El texto de esta iniciativa, establece que la habilitación consiste en la aprobación, control y cumplimiento de los requisitos obligatorios que estipula la presente Ley y su reglamentación, para que un establecimiento de servicios de salud pueda funcionar en relación con la actividad específica.

La habilitación será obligatoria, de control periódico y se renovará cada cinco años. En tanto que, la renovación podrá ser solicitada con una anticipación de seis meses previos al vencimiento de la misma.

De igual forma, dispone que esta normativa regirá para todas las habilitaciones que sean solicitadas con posterioridad a la entrada en vigencia de la misma, así como también para las solicitudes que se encuentren en curso al momento de entrada en vigencia, y que aún no hayan obtenido la habilitación.

La autora del proyecto, explica dentro de los fundamentos que la Ley vigente fue sancionada en 1990, y  en su decreto reglamentario establecía que la habilitación se otorgaría por un plazo de tres años al cabo de los cuales se debería solicitar su renovación con tres meses de anticipación.

“La modificación que planteamos es en respuesta a la necesidad manifestada por los actuales efectores de estos establecimientos de cumplir con la ley sin comprometer el normal funcionamiento de la institución, debido a que los mismos están sujetos a continua auditoria, y la buena experiencia de otras provincias con plazo de 5 años, eliminando así la demora por parte del Ejecutivo en otorgar la habilitación/renovación, es que proponemos la modificación”, señala la diputada en el texto de la propuesta.

“Teniendo en cuenta del rol fundamental que estas instituciones cumplen en la vida de miles de ciudadanos y de la necesidad de brindar una atención continua para no perder los logros terapéuticos, como así también cumplir laboralmente con los profesionales y demás personal que realiza tareas en el establecimiento de salud en cuestión, creemos que extender el plazo de habilitación, no sólo facilitaría los procesos administrativos, sino que también garantizaría los tratamientos a sus pacientes”, añade.

Calle, detalla en la letra del texto legislativo que “está la dificultad de que para empezar a hacer los trámites para la renovación de la habilitación cada tres años” tienen que comenzar tres meses antes del vencimiento con todos los trámites y “ni bien terminan, por las demoras que hay, muchas de esas se vencen en el mismo proceso de habilitación”.

“La propuesta es que se empiece seis meses antes y que dure cinco años. Porque otras provincias argentinas lo hacen así, sin que ello signifique menos control porque incluso tampoco dan abasto con los controles actuales porque están abocados a las habilitaciones”, acota.

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