Sanción final a la Transformación Digital del Sistema de Salud

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Se trata de un marco general como “estrategia fundamental y priorizada para el sistema sanitario provincial, con el fin de mejorar la accesibilidad al mismo, la longitudinalidad de los cuidados, la integralidad de los servicios y su coordinación, desde un enfoque centrado en la persona, la familia y la comunidad”.

Esta política pública sanitaria estará a cargo del Ministerio de Salud, Desarrollo Social y Deportes, quien deberá “implementar la estrategia de transformación digital del sistema de salud, la cual se complementará con la trazada por el Gobierno de la Provincia, en materia de tecnologías, comunicación con el ciudadano y lógica de procesos y servicios digitales”.

Asimismo, deberá procurar el soporte tecnológico y de servicios para los sistemas de salud; establecer los criterios, normativas y requerimientos técnicos básicos que deben cumplir los sistemas e infraestructuras, “los cuales seguirán la estrategia del Gobierno de la Provincia para garantizar la Interoperabilidad de los sistemas de gobierno, con el fin de mejorar la seguridad, confiabilidad y trazabilidad de la información que se intercambia entre diferentes organismos”, y crear y mantener bases de datos o tablas maestras.

De la misma manera, proponer las medidas, procedimientos e infraestructuras necesarias para la explotación de la información clínica con fines de investigación, evaluación del sistema de salud, desarrollo, innovación, planificación y gestión sanitaria y mejora de la calidad asistencial, resguardando el anonimato de las personas titulares de la información clínica utilizada.

También prevé impulsar y coordinar las líneas de financiación específicas para la estrategia de salud digital; potenciar proyectos conjuntos entre diferentes servicios de salud y establecimientos sanitarios concertados, con objetivos convergentes, que permitan optimizar el uso de los recursos y los desarrollos; crear grupos de trabajo específicos con los sectores implicados tales como industria, profesionales, entidades públicas, entidades privadas y pacientes, y potenciar grupos de trabajo para consensuar mejores prácticas en los procesos.

Finalmente, proponer los indicadores a utilizar, evaluando y midiendo el progreso de la transformación digital del sistema e implementar un modelo de gobernanza que permita aunar las acciones y objetivos del sistema provincial de salud, de los organismos y actores involucrados, entre ellos los usuarios y trabajadores de la salud, de manera coordinada, colaborativa y sostenible en el tiempo.

Presupuesto

En el texto legislativo se establece que la autoridad de aplicación deberá prever en la Ley anual de Presupuesto, dentro de sus partidas presupuestarias, un monto destinado específicamente al programa, como así también  se autoriza al Ejecutivo a efectuar las adecuaciones presupuestarias correspondientes para el presente ejercicio, a los efectos de poner en funcionamiento la estrategia.

Administración

Respecto a la administración del Programa, sostiene que estará a cargo de la Fundación Escuela de Medicina Nuclear (FUESMEN) y que para ello, la autoridad de aplicación deberá suscribir un acuerdo específico.

“Los procedimientos de contralor idóneos para la rendición de los gastos que efectúe el Administrador en el cumplimiento de los fines del Programa serán establecidos por la reglamentación de la presente. La Autoridad de aplicación tendrá la facultad de sustituir la administración, según se establezca en la reglamentación”, añade el articulado.

Ámbito de aplicación

La estrategia de transformación digital contemplada “será implementada en todos los efectores asistenciales de gestión pública del sistema de salud de la Provincia de Mendoza”, en tanto que su aplicación en el subsector privado, “deberá adaptarse a los estándares establecidos en la presente ley y los que disponga su autoridad de aplicación”.

Lo que se pretende, es el “fortalecimiento del sistema sanitario”, estableciendo “pautas y lineamientos generales para el diseño e implementación de sistemas de información interoperables, basados en estándares internacionales”.

Lineamientos estratégicos

De acuerdo al texto, se deberán seguir lineamientos estratégicos tales como capacitar e involucrar a las personas en el cuidado de su salud y facilitar su relación con el sistema; mejorar el desempeño del sistema de salud provincial apoyando el trabajo de los equipos de salud y generando procesos de valor, y mejorar la toma de decisiones a través del análisis de datos e información.

A la vez, velar por la seguridad, integridad y confidencialidad de los datos personales e institucionales que se incorporen al sistema de salud por cualquier medio, dando estricto cumplimiento a la Ley de Protección de Datos Personales N° 25326 y apoyar el progreso del sistema de salud provincial mediante políticas de innovación orientadas a la medicina personalizada, predictiva, preventiva, participativa y poblacional.

En cuanto al Plan de Ejecución, la autoridad de aplicación, junto con el Administrador del Programa, deberán confeccionarlo en un plazo máximo de 120 días desde la reglamentación de la Ley.

Fuente: https://www.hcdmza.gob.ar/site/noticias/68-noticia/7886-sancion-final-a-la-transformacion-digital-del-sistema-de-salud

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